Acuerdo UE-MERCOSUR: el arancel preferencial no se aplica automáticamente

El 1 de mayo de 2026 entra en aplicación provisional el Acuerdo Interino de Comercio entre la Unión Europea y MERCOSUR.

Se trata de uno de los acuerdos comerciales más relevantes de los últimos años, especialmente por su impacto en la reducción de aranceles en importaciones procedentes de países como Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay.

Sin embargo, hay un punto clave que a menudo se pasa por alto: el arancel preferencial no se aplica automáticamente en aduana.

Para beneficiarse de esta reducción, es necesario cumplir una serie de requisitos formales y documentales que deben verificarse en cada operación.

Cómo se acredita el origen preferencial en el acuerdo UE-MERCOSUR

A diferencia de otros acuerdos comerciales, el acuerdo UE-MERCOSUR no utiliza el certificado EUR.1 como prueba de origen.

El mecanismo establecido es la declaración de origen, que debe incorporarse directamente en la factura comercial u otro documento comercial emitido por el exportador.

Este sistema ya se aplica en acuerdos como los de Canadá (CETA), Japón o Chile, y se basa en la responsabilidad directa del exportador.

Aunque el formato de la declaración es sencillo, su correcta aplicación requiere atención a varios elementos clave.

Requisitos obligatorios para aplicar el arancel preferencial

Para que la aduana pueda aplicar el tipo arancelario preferencial, la declaración de origen debe incluir correctamente los siguientes elementos:

  • El texto de la declaración conforme al Anexo 3-C del acuerdo
  • El número REX del exportador, obligatorio en envíos superiores a 6.000 €
  • El criterio de origen que justifica la preferencia
  • La clasificación arancelaria del producto, al menos a nivel de 4 dígitos del Sistema Armonizado (SA)

La ausencia o incorrección de cualquiera de estos datos puede impedir la aplicación del arancel preferencial.

Qué ocurre si no se cumplen los requisitos

Si la documentación no es correcta o está incompleta, la aduana no aplicará la preferencia arancelaria.

En estos casos, la mercancía se despachará bajo el régimen general, aplicando el tipo NMF (Nación Más Favorecida).

Aunque existe la posibilidad de solicitar la devolución posterior de los derechos pagados, este proceso suele ser lento, complejo y con impacto en la tesorería del importador.

Calendario de desgravación: no todos los productos tienen arancel cero

Otro aspecto relevante del acuerdo es que la eliminación de aranceles no es inmediata para todos los productos.

La referencia normativa es el Apéndice 2-A-2 del acuerdo, donde se recoge la lista de concesiones arancelarias de la Unión Europea para importaciones desde MERCOSUR.

Cada producto tiene asignada una categoría de desgravación:

  • Categoría 0: arancel cero desde el primer día
  • Otras categorías: reducción progresiva en varios años

En determinados sectores considerados sensibles, el proceso de desgravación puede extenderse hasta 15 años.

Por tanto, antes de asumir que un producto se beneficia del acuerdo, es imprescindible verificar su tratamiento específico.

Errores habituales en la aplicación del acuerdo UE-MERCOSUR

En la práctica, los principales problemas suelen derivarse de errores en la preparación o revisión de la documentación.

Entre los más frecuentes:

  • No incluir el número REX cuando es obligatorio
  • Aplicar incorrectamente el criterio de origen
  • No verificar la clasificación arancelaria
  • Asumir que el arancel es cero sin revisar el calendario de desgravación
  • Utilizar formatos de declaración de origen no válidos

Estos errores pueden tener un impacto directo en el coste final de la importación.

Cómo prepararse para la entrada en vigor

La entrada en aplicación del acuerdo exige una revisión previa de las operaciones con proveedores en MERCOSUR.

Esto implica analizar →

El papel de Gecotex

En Gecotex estamos trabajando con nuestros clientes para revisar sus operaciones con países del MERCOSUR y asegurar que cumplen los requisitos necesarios para aplicar la preferencia arancelaria.

El objetivo es claro: evitar errores documentales y garantizar que el beneficio arancelario se aplique desde el primer DUA.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Es obligatorio el certificado EUR.1 en este acuerdo?

No. El acuerdo UE-MERCOSUR utiliza la declaración de origen en factura o documento comercial.

Cuando el valor del envío supera los 6.000 €.

La aduana no aplicará el arancel preferencial y se liquidará el arancel general (NMF).

Sí, pero el proceso suele ser largo, complejo y con impacto económico para el importador.

El acuerdo UE-MERCOSUR representa una oportunidad relevante para reducir costes arancelarios, pero su aplicación exige un control riguroso de la documentación y del origen de las mercancías.

En este contexto, la diferencia entre aplicar o no la preferencia no está en el acuerdo…
sino en cómo se gestiona cada operación.

Si trabajas con proveedores en MERCOSUR y quieres asegurarte de aplicar correctamente el arancel preferencial, en Gecotex podemos ayudarte a revisar tu operativa.